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Con fecha 29 de Septiembre de 2016 se ha publicado en el Boletín Oficial de Aragón la Orden EIE/1220/2016, de 8 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Programa de ayudas a la industria y la pyme en Aragón PAIP.

Este nuevo programa PAIP toma el relevo del Programa de ayudas para el desarrollo competitivo de la actividad industrial en Aragón (ADIA), que desde 2009 hasta 2015 ha venido desarrollándose, dirigido al impulso de la competitividad de las empresas industriales, con los siguientes puntos destacables:  

  • El nuevo Programa de ayudas a la industria y a la pyme (PAIP) se adecua a la actualización normativa en cuanto a lo dispuesto por la Ley 5/2015, de 25 de marzo, de Subvenciones de Aragón y a lo establecido en los reglamentos europeos en materia de ayudas de Estado que con su evolución reciente habían dejado obsoleta la normativa de base del Programa ADIA.
  • Cabe destacar el amplio alcance que tiene el concepto de «actividad industrial», que supera el concepto de «industria», quedando constituida también por las actividades, instalaciones, operaciones, procesos, equipos, aparatos y productos industriales que utilicen o incorporen elementos, mecanismos o técnicas susceptibles de producir riesgo, daños o perjuicios.
  • Entre los beneficiarios posibles de las ayudas, además de las empresas, se encuentran las organizaciones que aglutinen, representen y presten servicios a las empresas industriales. También se incluyen las asociaciones no lucrativas, las fundaciones, las cooperativas, las mutualidades y formas jurídicas similares,  ya sean públicas o privadas, que desarrollen proyectos cuya finalidad sea concurrente de manera sustancial con el objeto, ámbito de aplicación y fines de la calidad, la seguridad y el fomento industrial.
  • Las categorías de ayuda cubren desde las inversiones productivas hasta la consultoría en innovación, pasando por la investigación industrial y desarrollo experimental, la formación o la protección de la propiedad industrial.
  • El procedimiento de concesión habitual será el de concurrencia competitiva. En cada convocatoria se especificarán los criterios de valoración de los proyectos solicitados, así como las intensidades de las ayudas.
  • La Orden de Bases proporciona un marco muy flexible para que en cada convocatoria y en función de las necesidades y objetivos concretos de la misma, se puedan utilizar los diferentes procedimientos que permite la normativa sobre ayudas y subvenciones así como acotar los beneficiarios a los que se dirige, la tipología de los proyectos y los correspondientes instrumentos financieros en los que se materializa la ayuda.
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